Bases Promocionales

BASES DE LA PROMOCIÓN 'IPHONE 6 MGM PADRINOS 2014'

PRIMERA. OBJETO

DTS, DISTRIBUIDORA DE TELEVISION DIGITAL, S.A., con C.I.F. A-81646564 y con domicilio en Avenida de los Artesanos, 6, 28760 Tres Cantos, Madrid, (en adelante, la Organización), titular de la plataforma de televisión digital a través de satélite en difusión directa al hogar (“DTH”), denominada actualmente “CANAL+”, convoca una acción promocional denominada “IPHONE 6 MGM PADRINOS 2014” y brinda la oportunidad de conseguir un iPhone 6 de 16 Gb, a todas aquellas personas que cumplan las condiciones establecidas en el presente documento.

SEGUNDA. DURACIÓN

La duración de esta acción comprenderá desde las 00:00 horas del día 2 de diciembre de 2014 hasta las 23:59 horas del día 6 de enero de 2015, período durante el que podrán cursarse las solicitudes de alta de contratación en los servicios de suministro de CANAL+.

TERCERA. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

La presente acción se encuentra vinculada a la promoción “AMIGOS” que se encuentre vigente en ese momento, por lo que su participación en ella, únicamente podrá llevarse a cabo a través de los medios indicados en las condiciones de esa promoción, que se encontrarán a disposición del público en la página web www.plus.es. Así, la solicitud de contratación de los servicios de suministro de CANAL+ del nuevo abonado se podrá llevar a cabo por el propio “ahijado”, bien telefónicamente a través de los números 902 25 55 51 o 902 25 55 54 o 902 25 55 59, o bien cumplimentando un formulario corto de datos personales a través de la página web para que Canal+ le contacte, o por cualquier otro medio que indiquen las condiciones de la campaña “AMIGOS+” que se encuentre vigente en ese momento.

La Organización comunicará la celebración de la presente acción promocional a través de un correo electrónico enviado a una selección de clientes que consiguieron presentar un (1) “ahijado” en el transcurso del año 2014, informando de la posibilidad de participar.

No obstante, se podrán emplear cuantos medios de comunicación o soportes diferentes del señalado considere convenientes o útiles para difundir esta promoción, bien entendido que, en todo caso, la participación se realizará únicamente a través de los medios indicados, y quedará condicionada a que tanto el contrato del abonado actual (“padrino”) como el de los nuevos abonados (“ahijados”) se encuentren en vigor a fecha 20 de enero de 2015 y cumplan todas las condiciones especificadas en las presentes bases.

En este sentido, se considerará participantes, a todos aquellos clientes actuales de CANAL+ (“padrinos”) que cumplan las condiciones especificadas en las presentes bases, que hayan traído ya un “ahijado” durante el año 2014 y que consigan presentar un (1) nuevo abonado (“ahijado”) que curse su solicitud de alta en el suministro de servicios de CANAL+ (siempre sujetándose a las condiciones de la campaña “AMIGOS+” vigente en ese momento), entre el 2 de diciembre de 2014 y el 6 de enero de 2015. Además, a fecha 20 de enero de 2015, tanto el “padrino” como el “ahijado” presentado por él, deberán tener vigente el correspondiente contrato de suministro y recepción de servicios de televisión digital, y no haber manifestado su intención de resolver el mismo, y encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones económicas, así como cumplir estrictamente las condiciones del contrato y hacer uso exclusivo del equipo receptor descodificador facilitado por la Organización en su domicilio fam

iliar.

Únicamente entrarán a formar parte del listado de participantes, aquellos abonados actuales (“padrinos”) que cumplan todas las condiciones estipuladas en las presentes bases.

La Organización, una vez finalizado el período de vigencia de la presente acción promocional, y tras realizar las comprobaciones necesarias, extraerá el listado de participantes para el sorteo, del que formarán parte todos aquéllos “padrinos” que hayan conseguido traer al menos un (1) “ahijado”.

En caso de que un “padrino” haya traído a varios “ahijados” entrará a formar parte del listado de participantes una única vez.

Los “ahijados”, en el momento de cursar su solicitud de contratación, deberán identificar al “padrino” como participante en la promoción, y proporcionar los datos que se les soliciten correctamente. En caso contrario, el “padrino” quedaría excluido de la promoción.

Queda prohibida la participación de todas aquellas personas vinculadas laboral o profesionalmente con la Organización o las empresas de su mismo grupo empresarial, así como los distribuidores, instaladores oficiales de CANAL+, agentes autorizados, empresas promotoras o colaboradoras, así como sus familiares directos.

La Organización se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.

Esta acción promocional tendrá ámbito exclusivo en el territorio español, pudiendo participar en la misma de forma gratuita y voluntaria. En ningún caso será necesaria la realización de alguna compra o acción similar naturaleza para poder participar. La participación no exige la emisión de llamadas a teléfonos de tarificación adicional.

CUARTA. PREMIO

Durante la vigencia de la presente acción, los participantes (“padrinos”) tendrán la posibilidad de conseguir uno (1) de los dos (2) iPhone 6 de 16 Gb disponible.

El sorteo ante Notario tendrá lugar el viernes 23 de enero de 2015. Entre todos los participantes que cumplan los requisitos recogidos en las presentes bases, se determinarán dos (2) ganadores y cuatro (4) suplentes.

El premio en ningún caso podrá ser canjeado por su importe en metálico, es intransferible y no reembolsable, y llevará las tasas, impuestos y retenciones o pagos a cuenta de I.R.P.F. que legalmente corresponda practicar.

La Organización se reserva el derecho de investigar y comprobar las circunstancias exigidas para la participación. En el supuesto de no recibir facilidades para la comprobación de los hechos, podrá retirar el premio al ganador, pasando a entregar el mismo al siguiente participante en la lista que cumpla todos los requisitos exigidos.

QUINTA. COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO.

La Organización se pondrá en contacto con el ganador por teléfono en el plazo de 7 días hábiles siguientes a su elección con el fin de confirmarle su condición de premiado y requerirle su aceptación del premio, y se le solicitará una dirección postal para el envío de la carta de aceptación del premio, y del propio premio por mensajero.

Si no se contactase al ganador en el plazo indicado, o no aceptara el premio, éste se ofrecerá al primer suplente que cumpla los requisitos indicados en las presentes bases. En caso de que todos los “padrinos” suplentes sucesivamente rechazaran el premio, o fuera imposible localizarlos, éste se declarará desierto.

SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS.

Será requisito indispensable para poder participar, que los “ahijados” realicen la solicitud de alta en CANAL+ a través de los medios indicados en las condiciones de la promoción “AMIGOS+” que se encuentre vigente en ese momento, para lo que necesariamente deberán facilitarse algunos datos de carácter personal: nombre, apellidos, número del documento de identidad, dirección postal, teléfono y correo electrónico.

Se informa a los participantes que sus datos serán incorporados a un fichero de datos titularidad de la Organización y mantenido bajo su responsabilidad con la finalidad de gestionar su solicitud de alta en el servicio y el cumplimiento y gestión de forma adecuada de su participación así como de la entrega del premio en su caso, y que los mismos podrán ser tratados por la Organización en este sentido.

En cualquier momento, los participantes podrán acceder de manera directa y exclusivamente personal al referido fichero con la finalidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus datos personales, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Dichos derechos podrán ejercitarse mediante comunicación escrita dirigida a la Organización, en la dirección postal indicada en el encabezamiento de las presentes bases, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente, y concretando su solicitud.

Se informa al ganador del premio, que por medio de la participación en la presente acción promocional, consienten expresamente que sus datos puedan ser facilitados a determinadas empresas que colaboran con la Organización en la gestión y entrega del premio. En todo caso, los datos que se facilitarán serán los estrictamente necesarios para llevar a cabo esta finalidad concreta.

La Organización adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

El ganador por el hecho de participar en la presente promoción, acepta que su nombre y premio obtenido puedan aparecer en la página web amigos.plus.es a efectos de hacer pública la información del resultado de la presente acción promocional.

SEPTIMA. GENERALES

Las bases de esta promoción estarán a disposición de cualquier interesado tanto en la página web www.plus.es como en las oficinas de la Organización.

En caso de que esta promoción no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o por cualquier otro motivo que no esté bajo el control de la Organización, y que afecte al normal desarrollo de la promoción, queda reservado el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma, siempre informando debidamente de estas circunstancias por el mismo conducto que aquél que se haya empleado para difundir la presente promoción publicitaria.

En el caso de que, a causa de hechos imprevistos ajenos al control de la Organización no se pudiera hacer entrega del premio previsto, ésta se compromete a sustituirlo otorgando una alternativa razonable de similares características y de igual o mayor valor. En este supuesto, no se derivará responsabilidad alguna para la Organización como consecuencia de dicha sustitución del premio.

La Organización no será responsable de los servicios que terceras empresas deban prestar por motivo de la entrega o gestión del premio de la presente promoción.

La Organización quedará excluida de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones.

La participación en la presente promoción, que se rige por la normativa española, supone la aceptación íntegra de las presentes bases y de la campaña promocional a la que se vinculan y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe la Organización. En caso de divergencia en su interpretación, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de Madrid, capital, renunciando expresamente los participantes a esta promoción a su propio fuero, de resultar distinto al aquí pactado.

En Tres Cantos (Madrid) a 19 de noviembre de 2014.

DTS, DISTRIBUIDORA DE TELEVISION DIGITAL, S.A