BASES LEGALES “Lina la mujer espectacular”
Telefónica de España S.A.U., con CIF A- 82018474 y domicilio social en Gran Vía, 28, 28013, Madrid (en adelante, “la Organización”), convoca una acción promocional con Sorteo denominada “Lina la mujer espectacular”, en la que se podrá participar a través de la herramienta EasyPromos y brinda la oportunidad de participar a todos aquellos que cumplan las condiciones establecidas en el presente documento.
PRIMERA.- ORGANIZACIÓN
Las presentes bases estarán disponibles para los participantes tanto en las oficinas de la Organización, como en su página web en la dirección www.movistarplus.es.
La Organización comunicará la celebración de la presente acción promocional en a través de la newsletter enviada a clientes.
No obstante, la Organización podrá emplear cuantos medios de comunicación o soportes distintos del señalado considere convenientes para difundir este Sorteo, entendido que, en todo caso, la participación quedará limitada al canal "Internet" a través de la dirección web indicada.
SEGUNDA.- VIGENCIA
El periodo de vigencia de este Sorteo es desde las 00:01 del día 06/06/24 hasta el 11/06/24 a las 23:59h. (en adelante, “Periodo del Sorteo”).
El Organizador se reserva el derecho de prorrogar el Periodo del Sorteo si así lo estimase oportuno.
TERCERA,.- AMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial de este sorteo es exclusivamente España.
CUARTA.- REQUISITOS
Podrán participar en el sorteo de manera gratuita todas las personas físicas mayores de 18 años y residentes legales en España que, durante el periodo promocional, cumplan los siguientes requisitos:
•
Ser cliente de Movistar Plus+
•
Ser persona física y cliente que tenga al menos una suscripción de 14 euros activa en el momento del sorteo
•
Que no tengan deudas pendientes con el Organizador ni empresas del Grupo Telefónica y que no se encuentren en estado de suspensión del servicio que tuviera contratado con cualquiera de estas compañías.
•
Que participen conforme a la mecánica descrita en las presentes bases.
La Organización se reserva el derecho de expulsar unilateral y automáticamente, sin previo aviso, a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Sorteo.
QUINTA.- PREMIOS
El premio consiste en 10 invitaciones dobles para asistir al visionado en exclusiva de la serie documental ‘Lina’ y al espectáculo de grandes humoristas admiradoras de Lina Morgan en MADRID el próximo LUNES 17 de JUNIO a las 20.00h en el teatro La Latina (Pl. de la Cebada, 2, Centro, 28005 Madrid). El valor de cada invitación es de 53,5€ (precio unitario), por lo que el valor del premio por ganador es de 107€.
El premio en ningún caso podrá ser canjeado por su importe en metálico y queda prohibida la comercialización y/o venta del premio y/o regalo en el marco del concurso.
(i)
El Organizador se reserva el derecho a modificar el Premio a su solo criterio por causas justificadas por otro de similares características de igual o superior valor.
(ii)
Solo se entregará un Premio por DNI. Un mismo participante no podrá obtener dos Premios.
(iii)
El Premio objeto del presente Sorteo no podrá ser, en ningún caso, objeto de cambio, alteración o compensación a petición del premiado.
(iv)
El Premio es transferible si dicha transmisión se hace con carácter gratuito; pudiendo el ganador del premio podrá ceder su disfrute a una tercera persona (siempre y que la misma sea mayor de 18 años), debiendo en ese caso facilitar a la Organización los datos necesarios para las comprobaciones oportunas.
(v)
La organización no asumirá ningún otro tipo de gasto no especificado en las presentes Bases, incluyendo en particular, los gastos que pudieran ser necesarios para la obtención y recogida del Premio.
SEXTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Todas aquellas personas que deseen participar en el presente Sorteo deberán hacerlo a través del enlace a EasyPromos comunicado en la newsletter enviada el día 6 de junio de 2024.
Una vez finalizado el período de vigencia en el que se desarrolla el Sorteo, se seleccionarán los ganadores mediante la herramienta de Sorteo existente en la Plataforma.
El ganador/Los ganadores serán seleccionados de forma anónima y absolutamente aleatoria.
La elección aleatoria es por medios electrónicos, a través de una plataforma digital mencionada denominada EasyPromos, la cual, es totalmente ajena a la Organización. La elección se hará con total transparencia, de acuerdo con las condiciones marcadas en las presentes bases legales y sin que medie intervención alguna por parte de la Organización en la selección de los mismos.
Conforme a este procedimiento, se elegirá/n 10 ganadores y 30 suplentes para la entrega del Premio. En el caso, de que el ganador no aceptara el premio, se recurrirá a la elección de los suplentes.
Será requisito indispensable cumplir con las condiciones establecidas en estas bases para poder participar en el Sorteo. Todos los datos facilitados por el participante deberán ser veraces. En el supuesto de que el participante hubiera facilitado datos falsos, su participación no será tenida en cuenta y quedará excluido del Sorteo y de la posibilidad de optar a premio alguno del Sorteo. El nombre de los ganadores se comunicará por e-mail o teléfono conforme a los datos que los participantes hayan facilitado. La Organización no será responsable de los errores que los participantes hayan podido cometer al comunicar sus datos.
En caso de no poder localizar al ganador en un plazo de 12 horas, se recurrirá a los suplentes seleccionados. El suplente seleccionado será como un nuevo ganador. La selección de los suplentes seguirá el mismo criterio aleatorio de selección que para los ganadores. Si el premio es rechazado pasará al siguiente participante en la lista de suplentes. Para el caso de que ninguno de los suplentes participantes aceptaran el premio, y que no haya más suplentes seleccionados, la Organización podrá dejar el premio desierto.
SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN DEL PREMIO
El ganador será contactado por la Organización utilizando el medio que ésta estime oportuno y se le solicitará toda la información que considere necesaria para el disfrute del Premio.
El plazo máximo de aceptación del Premio es de 24 horas a contar desde la comunicación individual que realice la Organización. Una vez expirado este plazo, el ganador afectado perderá el derecho a su premio y este será adjudicado al primer suplente, según corresponda.
Si se evidenciase que el ganador, y en su caso el suplente, no cumpliesen con los requisitos exigidos en las Bases, o bien no acreditaran lo que les fuese solicitado, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del Sorteo perdiendo todo derecho sobre el Premio.
La aceptación del Premio no condiciona ni impone la adquisición de ninguna clase de productos o servicios adicionales a los que ya tenga el ganador.
OCTAVA.- ENTREGA DE LOS PREMIOS
Una vez que el ganador confirme la aceptación del Premio, según se expresa en las presentes Bases, se le facilitará toda la información necesaria para hacer efectivo el mismo.
La Organización no abonará ningún gasto por desplazamientos, dietas, o cualquier otro desembolso adicional que aun pudiendo ser necesarios para la obtención y recogida del premio no se especifique en las presentes Bases.
NOVENA.- PERIODO DE RECLAMACIÓN
El periodo de reclamación contra el presente Sorteo finaliza transcurridas 24 horas a contar desde el día de la comunicación de los ganadores del Sorteo.
DÉCIMA.- EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR
La Organización quedará exenta de responsabilidad en los siguientes supuestos:
(i)
Por los servicios que terceras empresas deban prestar en relación con el Sorteo.
(ii)
Por las incidencias derivadas en la ejecución del presente Sorteo por causas de fuerza mayor.
(iii)
Por las inscripciones perdidas, dañadas, enviadas de manera errónea o recibida con retraso, cualquiera que sea la causa.
(iv)
Por los fallos o incidencias en los sistemas de telecomunicaciones, que impidan acceder u operar en la página web del concurso con normalidad.
(v)
Se excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones.
(vi)
Por la información incorrecta o imprecisa, incluida la facilitada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en el Sorteo.
(vii)
Por los fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o software de red.
(viii)
Por la intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo del desarrollo de Periodo Promocional del Sorteo
(ix)
Por errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión del Sorteo o tratamiento de los participantes;
(x)
Por cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en el Sorteo o la recepción del Premio o el uso debido o indebido del mismo.
UNDÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos), y en el resto de normativa en materia de protección de datos, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U, y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., como corresponsables del tratamiento, informa de que los datos de los participantes facilitados para la celebración de la presente acción promocional, así como aquellos datos facilitados en caso de resultar premiado, serán tratados de forma automatizada con la finalidad de la realización, el control, seguimiento y gestión de la acción promocional, respetando las medidas de seguridad apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
El tratamiento de los datos del participante por parte de la Organización, para la participación en la acción promocional, está basado en el consentimiento del participante.
Los participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que faciliten a la Organización son veraces y se corresponden a su identidad. En caso de que estos fueran falsos, y resultare ganador de un premio de la presente acción promocional, no se le hará entrega del mismo.
En el formulario de registro de la web de la acción promocional a través de la plataforma Easypromos se recoge toda la información relativa al tratamiento de los datos necesarios para el Sorteo.
Se procederá a la destrucción de dichos datos una vez se hayan realizado todos los trámites necesarios para la finalización de esta acción promocional. En cualquier momento, los participantes en la acción promocional podrán ejercitar los derechos que legalmente le asistan respecto a sus datos personales, de conformidad con lo establecido en la ley vigente.
Se informa a los ganadores del premio que, por medio de la participación en la presente acción promocional, consienten expresamente que sus datos puedan ser facilitados a determinadas empresas para facilitar la gestión y entrega del premio. En todo caso, los datos que se facilitarán serán los estrictamente necesarios para llevar a cabo esta finalidad concreta.
Por último, si necesita más información acerca del tratamiento que Movistar realiza de los datos personales, puede consultar la Política de Privacidad publicada en http://www.movistar.es/privacidad/
DUODÉCIMA.- DERECHOS DE IMAGEN
Por el mero hecho de participar en el Sorteo, los participantes autorizan a la Organización, otorgando su consentimiento expreso a la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de la Organización, de su imagen (si fuera el caso) y nombre y apellidos, así como de los comentarios realizados por ellos, en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea,
con fines publicitarios o informativos siempre que éstos se relacionen con el presente Sorteo, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa.
De igual manera se autoriza a la Organización a utilizar publicitariamente sus nombres e imagen en los perfiles sociales que la Organización considere oportunas y en la web de inscripción del Sorteo o en la designada por la Organización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha, en su caso, de la entrega del premio ganado.
Asimismo, en el caso de que el participante facilite datos de carácter personal referentes a terceras personas (incluida la imagen) deberá, recabar de dichos terceros el consentimiento al tratamiento de sus datos por parte de la Organización para la finalidad prevista. Asimismo, el interesado deberá mantener indemne a la Organización por todos los daños y perjuicios que el incumplimiento de dicho requisito pudiera causar.
Esta autorización también se entiende concedida para la utilización de las imágenes, o parte de las mismas, en las que aparezca el participante para cualquier otro proyecto destinado a la promoción de las actividades de la Organización, en medios de comunicación internos o externos a la misma, ya tengan carácter social, comercial, publicitario o de marketing y para que puedan ser explotados en todos los medios conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro. Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor, a la moral y/o al orden público, en los términos previstos en la legislación vigente en cada país.
Esta autorización no se circunscribe a un ámbito temporal o territorial determinados, por lo que la Organización podrá utilizar estas imágenes, o parte de las mismas, en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase.
DÉCIMOTERCERA.- FISCALIDAD
El ingreso a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas que la Organización estuviese, en su caso, obligada a practicar como consecuencia de la entrega de los premios en especie será asumida por la propia Organización.
Los ganadores de los Premios estarán obligados a facilitar todos sus datos fiscales y los de su acompañante en su caso a la Organización a los efectos de que ésta última pueda cumplir con todas las obligaciones formales derivadas de este Sorteo.
La Organización pondrá a disposición del ganador, dentro del plazo legalmente establecido al efecto, los certificados de retenciones efectuadas.
El ganador será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales y contables que comporte la obtención del Premio. La cesión del Premio a un tercero no exime al ganador de las obligaciones fiscales y contables del mismo.
DECIMOCUARTA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES DEL SORTEO
La participación en el presente Sorteo supone la aceptación de las presentes Bases en su totalidad.
DECIMOQUINTA.- OTROS DERECHOS
Modificaciones: La Organización se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y se comuniquen a éstos debidamente.
En caso de que este Sorteo no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control de la Organización, y que afecte al normal desarrollo del Sorteo, queda reservado a la Organización el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma.
DECIMOSEXTA.- JURISDICCIÓN
La participación en el presente Sorteo supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe la Organización. En caso de divergencia en el Sorteo y la interpretación de las presentes bases, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de Madrid, capital, renunciando expresamente los participantes a esta promoción a su propio fuero, de resultar distinto al aquí pactado.
Las promociones y Sorteos de la Organización se rigen por la legislación vigente en España.
MADRID, 6 DE JUNIO DE 2024